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Llenemos de reclamaciones a la injusticia patriarcal

Materiales para este quinto día de revuelta feminista.

Ponemos el grito en el cielo: ¡basta de violencias machistas! Por eso, este martes 5 de marzo vamos a petar los juzgados con reclamaciones a la injusticia patriarcal. Nos juntamos a las 11:30 h. en la Sede General de los Juzgados, Plaza de Castilla 1. Publica un tu foto entregando la reclamación con el hashtag #JusticiaPatriarcal.

HAZ TU RECLAMACIÓN ONLINE AQUÍ

Pasos para realizar la reclamación

1. Descarga el modelo de reclamación

Puedes descargar el PDF del formulario haciendo clic aquí. También puedes rellenarlo online desde aquí.   También puedes leer la sección de dudas sobre reclamaciones a la justicia aquí.

2. Rellenar el modelo

  • Datos personales: puedes poner tu número de DNI, NIE o pasaporte.
  • Rellenar la opción de PARTICULAR
  • Juzgado, tribunal o servicio objeto de su queja: cada reclamación debe estar dirigida a un sólo juez. Puedes el que prefieras de la lista de abajo.
  • ¿Has presentado otra queja? Si vas a presentar muchas, completa «Sí» (Ante qué órgano: otros). Si sólo harás esa, marca «No».

3. Completar la reclamación

En la sección «Texto de su queja, reclamación o sugerencia» o «Motivo» copiar:

Las mujeres sufrimos tratos injustos en los tribunales de justicia, por parte de jueces, magistrados y letrados. En la declaración la mujer victima de violencia de genero sufre grandes prejuicios y estereotipos de genero por parte de los tribunales que hacen lo posible para que no sea creíble su testimonio. Los tribunales especializados en delitos contra la mujer, carecen de formación. Rodeos semánticos son  utilizados para no llamar a las cosas por su nombre conduciendo así a sentencias injustas sin perspectiva de genero.

Quiero asegurar una verdadera igualdad en los tribunales y una búsqueda de justicia que no defienda al agresor y criminalice a las mujer y por ello solicito: aplicación inmediata del Convenio de Estambul, Ampliar el concepto legal de violencia de género a delitos contra la libertad sexual, stalking, sexting, acoso por razón de sexo cuando son contra mujeres; que el sistema judicial atienda un saber consolidado desde la Psicología, que lleva años estudiando las respuestas de las mujeres ante agresiones sexuales. Eliminar la restricción de ser pareja o expareja en la definición de víctimas de violencia de género. Contemplar el uso de la terminología violencias machistas para los delitos cometidos contra las mujeres por el hecho de ser mujeres. Tipificación del acoso callejero. Inclusión en todas las oposiciones que incorporen operadores jurídicos temas específicos de formación en género (y no solo Ley de Igualdad o Ley Integral). Formación obligatoria en género (y evaluación de dichos conocimientos) a quienes estén en contacto directo con víctimas de violencia de género o violencias machistas en los tribunales y procesos judiciales. Que los delitos de violencias machistas (en su definición ampliada) solo puedan ser juzgados por personas con formación exhaustiva (especializada y evaluada) en género. Revisiones legislativas con enfoque de género. Formación transversal en género en todas las fases de la formación obligatoria, secundaria y universitaria en las distintas especialidades jurídicas, científicas y humanísticas.

4. Presentar la reclamación

Si lo has presentado en línea debes apretar el botón «Enviar». Si has decidido presentarlo en persona es importante llevar dos copias de la reclamación: una para entregar y otra para que nos la sellen con el registro de la entrega. Puedes presentarlo en:

  • Registros de las sedes judiciales
  • Registros de los organismos públicos
  • Oficinas de Correos
  • Buzones para la recogida de reclamaciones y sugerencias en los edificios judiciales
  • Página Web del Consejo General del Poder Judicial

Jueces a quienes dirigir la reclamación

Francisco Javier Martínez Derqui. Juzgado de Violencia sobre la Mujer número 7 de Madrid. Llamó “bicho” e “hija de puta” a una mujer que había denunciado violencia de género en el ámbito de la pareja. «Verás el disgusto que se va a llevar cuando vea que tiene que darle los hijos al padre. Estará por la noche en el Sálvame poniéndome de vuelta y media». Un juez con más de once años de experiencia en juzgados especializados en violencia de género, que ha dictado numerosas sentencias.

Jueces de La Manada:

José Francisco Cobo Sáenz. Presidente del tribunal de la sala segunda del Tribunal Superior de Justicia de Pamplona.

Raquel Fernandino Nosti. Jueza de la sala segunda del Tribunal Superior de Justicia de Pamplona.

Ricardo González González. Juez de la sala segunda del Tribunal Superior de Justicia de Pamplona. Asegura que en los vídeos de la manada que fueron aportados al caso, los gestos y sonidos de la víctima le sugieren “excitación sexual” en “un ambiente de jolgorio y regocijo”. Ricardo González ha sido ponente en más de 60 casos de violencia de género. La Asociación de Mujeres Juristas Themis ha presentado una denuncia contra este magistrado. Considera que la violencia sexual no es violencia de género. La Sección Segunda de la Audiencia Provincial de Navarra, para sus señorías  que existiera agresión sexual sino meros abusos sexuales.

Carmen Molina Mansilla Juzgado de Violencia de Género de Vitoria. En 2016 la jueza María del Carmen Molina Mansilla, titular del Juzgado de Violencia de Género de Vitoria, al preguntar a una mujer que denunció una violación si “había cerrado bien las piernas”.

Juan Manuel Piñar. Juzgado de lo Penal Número 1 de Granada. Como puede verse en varias sentencias de Juan Manuel Piñar, el juez del juzgado de lo Penal Número 1 de Granada que condeno a Juana Rivas a cinco años de prisión por sustracción de menores y a seis de in habilitación para ejercer la patria potestad. Así, en 2011, Piñar ya se autorretrato en sus argumentaciones contra la Ley Integral de Violencia de Género en una sentencia que condena a una mujer por denuncia falsa. En 1999, este juez condenó a una mujer a pagar las costas por denunciar a su exmarido por “venganza”.

Francisco Vieira. Sala de lo Penal del Tribunal Superior de Justicia de Madrid. No ve ensañamiento en los asesinatos con hasta 37 puñaladas hay múltiples registros. En 1999, el Tribunal Superior de Justicia de Cataluña declaró que no hubo “ensañamiento”en el asesinato de una mujer a la que el marido de una amiga asestó 70 puñaladas. Del argumento de este juez que considera que el proceder del agresor no causó “un sufrimiento innecesario” a la víctima se deriva que lo ocurrido fue un homicidio y no asesinato, lo que redujo la pena en este caso de 17 a 12 años de prisión.